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La nueva Ley del Medicamento |
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El Ministerio de Sanidad y Consumo ha
remitido a las comunidades autónomas el borrador de lo que será la
futura Ley del Medicamento. El texto incorpora importantes novedades,
entre las que se encuentra el nuevo sistema de precios de referencia y
los mecanismo por los que ejercerá la financiación selectiva de
medicamentos.
En lo que respecta al sistema de precios de
referencia, Sanidad ha decidido incorporar una de las demandas de la
industria, la aplicación gradual de la rebaja de precios. Sin embargo,
pasa por alto el concepto de innovación incremental y elimina la
posibilidad de que las formas galénicas innovadoras queden fuera de los
precios de referencia. Un golpe para la innovación que, por otro lado,
será uno de los criterios a valorar a la hora de incluir un medicamento
dentro de la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud,
cuestión que, en un principio, no tiene por qué ser negativa. Todo
depende de cómo se aplique el concepto de innovación.
Tampoco
parece muy lógica la medida que impone una rebaja de precio del 20 por
ciento para aquellos medicamentos de marca que, tras diez años en el
mercado, no dispongan de un genérico.
En lo que respecta a la
farmacia se prohíben las bonificaciones y se establece la
obligatoriedad de que el farmacéutico requiera la firma o autorización
de paciente, cuando tenga que sustituir un fármaco por razones de
urgente necesidad o desabastecimiento. Más burocracia para estos
establecimientos que, ahora, no sólo tienen que atender al paciente.
Las farmacias tienen nuevas funciones puramente administrativas, entre
las que se encuentran las relativas al seguimiento de la trazabilidad
de los medicamentos, el requerimiento de la firma al paciente en los
citados casos de distribución y, en algunas zonas, el llamado visado
electrónico de medicamentos. Sin duda, esto resta recursos y tiempo
para atender al paciente y requiere de inversiones en personal y
tecnologías.
La nueva Ley del Medicamento incluye otras
cuestiones como el sistema de información independiente para los
profesionales sanitarios, el refuerzo de la farmacovigilancia y el
control previo de la publicidad de los productos con supuestos efectos
saludables, para asegurar que se ajustan a criterios de evidencia
científica y no constituyen ningún peligro para los consumidores.
También
se incluyen medidas para potenciar el mercado de genéricos: la
posibilidad de que estos utilicen nombres de fantasía, de presentar la
solicitud de autorización pasados ocho años desde la salida al mercado
del fármaco de referencia en un estado miembro de la UE, de obtener el
precio automáticamente si éste es entre un 30 y un 50 por ciento
inferior al medicamento de marca o si es igual o inferior al de otro
genérico financiado con los fondos público.
Hay luces y sombras
en el borrador de la Ley del Medicamento, pero es susceptible de ser
mejorada si se escuchan las demandas del sector y se incorporan al
texto en la medida de lo posible.
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