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La nueva Ley del Medicamento Imprimir E-Mail
El Ministerio de Sanidad y Consumo ha remitido a las comunidades autónomas el borrador de lo que será la futura Ley del Medicamento. El texto incorpora importantes novedades, entre las que se encuentra el nuevo sistema de precios de referencia y los mecanismo por los que ejercerá la financiación selectiva de medicamentos.

En lo que respecta al sistema de precios de referencia, Sanidad ha decidido incorporar una de las demandas de la industria, la aplicación gradual de la rebaja de precios. Sin embargo, pasa por alto el concepto de innovación incremental y elimina la posibilidad de que las formas galénicas innovadoras queden fuera de los precios de referencia. Un golpe para la innovación que, por otro lado, será uno de los criterios a valorar a la hora de incluir un medicamento dentro de la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud, cuestión que, en un principio, no tiene por qué ser negativa. Todo depende de cómo se aplique el concepto de innovación.

Tampoco parece muy lógica la medida que impone una rebaja de precio del 20 por ciento para aquellos medicamentos de marca que, tras diez años en el mercado, no dispongan de un genérico.

En lo que respecta a la farmacia se prohíben las bonificaciones y se establece la obligatoriedad de que el farmacéutico requiera la firma o autorización de paciente, cuando tenga que sustituir un fármaco por razones de urgente necesidad o desabastecimiento. Más burocracia para estos establecimientos que, ahora, no sólo tienen que atender al paciente. Las farmacias tienen nuevas funciones puramente administrativas, entre las que se encuentran las relativas al seguimiento de la trazabilidad de los medicamentos, el requerimiento de la firma al paciente en los citados casos de distribución y, en algunas zonas, el llamado visado electrónico de medicamentos. Sin duda, esto resta recursos y tiempo para atender al paciente y requiere de inversiones en personal y tecnologías.

La nueva Ley del Medicamento incluye otras cuestiones como el sistema de información independiente para los profesionales sanitarios, el refuerzo de la farmacovigilancia y el control previo de la publicidad de los productos con supuestos efectos saludables, para asegurar que se ajustan a criterios de evidencia científica y no constituyen ningún peligro para los consumidores.

También se incluyen medidas para potenciar el mercado de genéricos: la posibilidad de que estos utilicen nombres de fantasía, de presentar la solicitud de autorización pasados ocho años desde la salida al mercado del fármaco de referencia en un estado miembro de la UE, de obtener el precio automáticamente si éste es entre un 30 y un 50 por ciento inferior al medicamento de marca o si es igual o inferior al de otro genérico financiado con los fondos público.

Hay luces y sombras en el borrador de la Ley del Medicamento, pero es susceptible de ser mejorada si se escuchan las demandas del sector y se incorporan al texto en la medida de lo posible.
 
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